jueves, 29 de enero de 2009

LA DESAPARICION DEL RECREATIVO DE HUELVA EN 1931: INJURIAS Y CALUMNIAS CONTRA EL DECANATO DEL RECRE (2ª parte)

Vamos a seguir desmontando cada uno de los puntos que dio D. Bernardo de Salazar en el diario As y por los cuales él argumenta que el Recre no es el Decano. Volvemos a repetir que si el lector quiere ahondar y tener toda la información en este momento, puede visitar la web http://www.onubafc.com/.
Hasta ahora hemos aclarado en el post anterior los puntos 1 y 2. ahora aclararemos y desmentiremos el punto 3 y el punto 4 (en naranja lo que dice Salazar):

Punto 3 y 4:” La directiva del Club Recreativo de Huelva optó por darse de baja en la Federación Sur, disolvió la sociedad y dejó en libertad a los jugadores profesionales de la plantilla, la mayoría de los cuales presentaron demandas judiciales. La Federación Regional Sur dio cuenta de ello a la Federación Española, que lo reflejó en acta de comité ejecutivo de 16 de Noviembre de 1931”.

En este caso los puntos 3 y 4 están directamente relacionados y se pueden rebatir ambos a la vez.
D. Bernardo de Salazar dice que <<…la Federación Regional Sur dio cuenta de ello (de la baja del Recreativo, de la disolución de la Sociedad y de la libertad de los jugadores) a la FEF que lo reflejó en acta de su comité ejecutivo de 16 de Noviembre de 1931…>>

Lo primero que hay que dejar bien claro es que la FEF establece notables diferencias entre lo que significa baja, expulsión y disolución, de tal manera que es evidente que una baja o expulsión de un club no implica una disolución. En este sentido y como ejemplo basta citar lo que dice el artículo 13 de los estatutos de la FEF dice textualmente que “Las federaciones Regionales, ligas y clubes perderán la condición de miembro de la Federación por disolución, por baja voluntaria presentada por escrito (siempre y cuando se hallen al corriente de sus débitos, y por expulsión decretada reglamentariamente)”.
Por tanto no es cierto en absoluto, lo que concierne a la notificación de disolución de la sociedad que según D. Bernardo hace la Federación Sur a la española, y lo vamos a demostrar de nuevo mostrando el extracto del acta de comité ejecutivo de la FEF de 16 de Noviembre de 1931:


ACTAS DE LA FEF, 16 DE NOVIEMBRE DE 1931.

Literalmente puede leerse:

Confirmar la baja del Recreativo de Huelva comunicada por la Federación Sur, y quedando retirado dicho Club del Campeonato Regional de aquella Federación, declarar aplicable a los efectos de la puntuación el art. 52 del reglamento de partidos y competiciones, y considerar que los jugadores de dicho Club no han participado en competición oficial alguna a los efectos del art. 42 del citado Reglamento

Como podemos comprobar la Federación Sur lo único que notifica a la FEF es la baja del Club Recreativo de Huelva, y no dice nada ni de disolución ni de nada por el estilo.

Importante:

El Recreativo puede perder la Antigüedad Federativa, pero en absoluto pierde la condición de DECANO del FÚTBOL ESPAÑOL.

Haciendo un poco de hincapié en el hecho de que la FEF diferencia claramente entre baja y disolución, basta con indicar que en el mismo acta de comité ejecutivo de la FEF de 16 de Noviembre de 1931 puede leerse, al final de la misma, que "se confirma la baja y disolución del Lorca C.F notificada por su federación territorial". Esto sin duda demuestra que para la FEF una cosa era una baja y otra bien distinta una disolución.

Para desmontar aún más si cabe la tesis de la disolución que defiende D. Bernardo de Salazar solo vamos a mostrar la nota de prensa del partido que juega el Recreativo contra el “Deportivo Sevilla” el 22 de Noviembre en el diario La Provincia, 6 días después de que se produjera este comité ejecutivo de la FEF y casi un mes después de que el Recreativo presentara la Baja en la Federación Sur.
<<…EN EL VELÓDROMO: Ayer se celebró un partido amistoso entre el Club deportivo de Sevilla y el Club Recreativo. Vencieron los locales por dos goals a cero >>

Esto demuestra que el Recreativo se da de baja, pero en absoluto se disuelve...de hecho sigue jugando partidos amistosos.

Además, D. Bernardo de Salazar dice que <<…dejó en libertad a los jugadores profesionales de la plantilla, la mayoría de los cuales presentaron demandas judiciales…>>. Esta afirmación es rotundamente falsa, y lo demostramos a continuación:

Alineación del Recreativo en el partido contra el Betis (antes de los acontecimientos):

<<…Larios, Muñoz, Morán Santos, Pérez, Marculeta, Fernando, Morita, Campos, Brasero y Resti>> 26 de Octubre 1931 La Provincia.

Alineación del Recreativo en el partido contra la “Unión Balompédica” celebrado después de haber sido presentada la baja del Recreativo y después también de que la Federación Regional notificara los hechos a la FEF.

<<…Larios, Silva, Muñoz, Santos, Përez, Marculeta, Fernando, Morita, Campos, Brasero y Resti>> 16 de Noviembre de 1931 La Provincia.

En conclusión, que las alineaciones son prácticamente idénticas y se repiten en otros partidos posteriores que juega el Recreativo, como aquel contra el “Club Deportivo de Sevilla” de 22 de Noviembre. Creo que sobran los comentarios y aclaraciones pues las pruebas hablan por si solas, pero de todas maneras los haremos para que así consten:

a) ¿Dejó en libertad el Recreativo a sus jugadores?; a la luz de las pruebas es obvio que no, porque repiten alineación todos los jugadores….
b) Si los jugadores hubieran presentado demandas judiciales contra el Recreativo, ¿habrían vuelto a jugar éstos con la camiseta del Decano?. Francamente no.

Es posible que la acusación de Don Bernardo de Salazar en la que afirma que la mayoría de los jugadores interpusieron demandas judiciales contra el Club venga propiciada por lo que puede leerse en el acta de comité ejecutivo de 29 de Diciembre de 1931 y que dice así: “…autorizar al jugador Suárez a reclamar judicialmente la cantidad que le adeuda el Club Recreativo de Huelva, hoy baja de la organización…” . En primer lugar es obvio que esta autorización hace referencia a un solo jugador (y no a toda la plantilla como apunta D. Bernardo de Salazar), y en segundo lugar el jugador Suárez no pertenecía a la plantilla del Club ni en 1931 ni en 1930, por lo que es obvio que debía tratarse de alguna antigua reclamación que nada tenía que ver con los incidentes de finales de 1931.

Además, por si las pruebas resultaran insuficientes, en los archivos de los Juzgados de Huelva no se tiene constancia de la existencia de demandas de jugadores contra el Club Recreativo.

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